Por Carlos Corz y Rubén Atahuichi / LA RAZON / La Paz.- En respuesta a la comisión de fiscales que investiga el caso Golpe de Estado, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) desahució la “sucesión constitucional” de Jeanine Añez y aclaró que en sus archivos no encontró “sentencia, declaración o auto constitucional” que sustente la constitucionalidad o no de dicha proclamación en 2019.
“De la revisión del Sistema de Gestión Procesal y el informe de 16 de julio de la presente gestión por parte del Gestor Procesal Tutelar de esta institución, se concluye que no se encuentra sentencia, declaración o auto constitucional por el cual se hubiese emitido pronunciamiento sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la sucesión presidencial de la entonces senadora ciudadana Jeanine Áñez Chávez, producidas el mes de noviembre de 2019”, dice la nota enviada al Ministerio Público por Marvin Molina secretario general del TCP.
En 12 de noviembre de 2019 —dos días después de la renuncia de Evo Morales, acorralado por un paro cívico, los cuestionamientos a las elecciones del 20 de octubre de parte de la Organización de Estados Americanos (OEA), un motín policial y la “sugerencia” de dimisión presidencial de las Fuerzas Armadas— Áñez se proclamó primero titular de la Cámara de Senadores y luego presidenta por “sucesión”.
Entonces, justificó su proclamación con la lectura de un comunicado del TCP de ese día, que apelaba a la Resolución 003/2001 con la que el vicepresidente Jorge Quiroga sucedió en agosto de 2001 al entonces dimisionario y convaleciente presidente Hugo Banzer.
Ese 12 de noviembre de 2019, el entonces senador de Unidad Demócrata (UD) Yerko Núñez esperaba el documento del TCP, aunque días antes Luis Vásquez, exsenador y asesor de Quiroga, hacía lobby político y legislativo para promover la sucesión de Áñez con la resolución constitucional de 2001. La misma Iglesia Católica, que promovió diálogos extralegislativos en la Universidad Católica, informó de que ese grupo de políticos apeló al texto de 2001.
El TCP también hizo llegar a la comisión de fiscales una copia legalizada del comunicado del 12 de noviembre de 2019, cuyo subrayado dice: “(…) el Vicepresidente asume ipso facto la Presidencia de la República (…) cualquier entendimiento distinto podría atentar contra la inmediatez en la en la sucesión presidencial, prevista en el orden constitucional”.
Morales renunció a las 16.52 del domingo 10 de noviembre de 2019. Lo hizo conjuntamente con el vicepresidente Álvaro García, en Chimoré.
Horas después también presentó su dimisión la entonces presidenta de la Cámara de Senadores, Adriana Salvatierra. Mucho antes de los tres, consignados en la sucesión constitucional dispuesta en la Constitución de 2009, había renunciado también el presidente de Diputados, Víctor Borda. Lo hizo a las 13.30 a través de los medios de información, obligado —según denunció en La Razón— por la presión que un movimiento cívico ejercía sobre él, cuando le pidió tomar esa decisión si quería evitar que su hermano sea quemado.
La oposición, con base al informe de la Iglesia Católica, defiende que entonces se produjo un “vacío de poder”, que obligó la proclamación de Áñez. Ésta asumió la presidencia de Senadores y del país sin ninguna resolución legislativa ni quorum ni presencial de la bancada de dos tercios del Movimiento Al Socialismo (MAS).
Tribunal Constitucional derrumba la “sucesión constitucional” de Jeanine Áñez en 2019
AGENCIA BOLIVIANA DE INFORMACION / LA PAZ.- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en un informe dirigido a la Fiscalía, derrumbó el armazón de “sucesión constitucional” usado por los impulsores del régimen de Jeanine Áñez para teñir con algo de legalidad al golpe de Estado de 2019.
El Tribunal, el 20 de julio de 2021, envió una respuesta a la comisión de fiscales que investiga el caso golpe de Estado.
El documento, clasificado como CITE:TCP-SG N° 223/2021 y firmado por Marvin Molina, Secretario General del Tribunal Constitucional Plurinacional, indica que no se encontró “sentencia, declaración o auto constitucional” sobre la presunta sucesión constitucional de Jeanine Áñez, en noviembre de 2019.
El documento, indica que “De la revisión del Sistema de Gestión Procesal y el informe de 16 de julio de la presente gestión por parte del Gestor Procesal Tutelar de esta institución, se concluye que no se encuentra sentencia, declaración o auto constitucional por el cual se hubiese emitido pronunciamiento sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la sucesión presidencial de la entonces senadora ciudadana Jeanine Áñez Chávez, producidas el mes de noviembre de 2019”.
El 12 de noviembre de 2019, Áñez se basó en un supuesto aval del Tribunal Constitucional para asumir la presidencia del Senado, primero, y la presidencia de Bolivia, después.
Ese aval, en realidad se trató de un simple comunicado informativo que no tenía valor jurídico, solo informativo, pero fue usado por quienes impulsaron ese armazón jurídico, como Luis Vásquez y su esposa, para darle un barniz de legalidad a la toma del poder.
Entonces, Jeanine Áñez justificó su autoproclamación con la lectura de un comunicado del TCP de ese día, que apelaba a la Resolución 003/2001 con la que el vicepresidente Jorge Quiroga sucedió en agosto de 2001 al presidente Hugo Banzer.
“Ese 12 de noviembre de 2019, el entonces senador de Unidad Demócrata (UD) Yerko Núñez esperaba el documento del TCP, aunque días antes Luis Vásquez, exsenador y asesor de (Jorge) Quiroga, hacía lobby político y legislativo para promover la sucesión de Áñez con la resolución constitucional de 2001. La misma Iglesia Católica, que promovió diálogos extralegislativos en la Universidad Católica, informó de que ese grupo de políticos apeló al texto de 2001”, informó La Razón.
Esa fecha se aplicó el “Plan B”, propuesto por la diputada Jhovana Jordán, que consistía en la sucesión de Jeanine Áñez en base a la Declaración Constitucional 003/2001, del 31 de julio de 2001, utilizada para la sucesión de Banzer.
“Jordán es esposa de Luis Vásquez, asesor legal del expresidente Quiroga (2001-2002) y uno de los artífices de la iniciativa que, paralelamente a los intentos de sesión en la Asamblea Legislativa, justificaba la propuesta en la reunión extralegislativa de la Universidad Católica Boliviana (UCB)”, informó el impreso el 21 de junio de 2021.
Ese comunicado del TCP del 12 de noviembre de 2019, fue usado para justificar que el Tribunal “dio su respaldo legal a la sucesión constitucional (de Jeanine Áñez) en el marco de la Sentencia Constitucional 0003/01 del 31 de julio de 2001, que se sustenta en la ‘vacancia’ del presidente”, informó la agencia ANF en esa fecha.
Sin embargo, en el documento enviado por el TCP a los Fiscales el 20 de julio de 2021 se aclaró que “en cuanto a los efectos jurídicos, todo comunicado tiene carácter general y no particular, pues lo que transmite o difunde es información”.
Es decir, ese comunicado fue solo informativo y no tenía efecto jurídico como una sentencia, declaración o auto constitucional.
Por otro lado, la carta del TCP a los Fiscales que investigan el golpe de Estado de 2019, aclara que “la fecha y hora de publicación del comunicado del 12 de noviembre de 2019, se encuentra descrita en el INFORME TCP-INF-JUI N° 011/ 2021 elaborado por el Jefe de la Unidad de Informática; asimismo, se adjunta el referido comunicado en copia legalizada”.
Tribunal Constitucional no reconoce “sucesión constitucional” de Añez
El 12 de noviembre de 2019, Añez se basó en un supuesto aval del TCP para asumir la presidencia del Senado, primero, y la presidencia de Bolivia, después.
Foto: Archivo
AHORA EL PUEBLO / La Paz.- El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), en un informe dirigido a la comisión de fiscales que investiga el caso Golpe de Estado, emitido el 20 de julio de 2021, explica que en sus archivos no existe “sentencia, declaración o auto constitucional por el cual se hubiese emitido pronunciamiento sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad” de la sucesión presidencial de Jeanine Añez en noviembre de 2019.
El documento, clasificado como CITE:TCP-SG N° 223/2021, es firmado por Marvin Molina, secretario general del Tribunal Constitucional Plurinacional.
“De la revisión del Sistema de Gestión Procesal y el informe de 16 de julio de la presente gestión por parte del Gestor Procesal Tutelar de esta institución, se concluye que no se encuentra sentencia, declaración o auto constitucional por el cual se hubiese emitido pronunciamiento sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la sucesión presidencial de la entonces senadora ciudadana Jeanine Añez Chávez, producidas el mes de noviembre de 2019”, señala el documento del TCP.
El 12 de noviembre de 2019, Añez se basó en un supuesto aval del Tribunal Constitucional para asumir la presidencia del Senado, primero, y la presidencia de Bolivia, después.
Ese aval en realidad se trató de un simple comunicado informativo que no tenía valor jurídico, sólo informativo, pero fue usado por quienes impulsaron ese armazón jurídico, como Luis Vásquez y su esposa, para darle un barniz de legalidad a la toma del poder.
Entonces, Jeanine Añez justificó su autoproclamación con la lectura de un comunicado del TCP de ese día, que apelaba a la Resolución 003/2001 con la que el vicepresidente Jorge Quiroga sucedió en agosto de 2001 al presidente Hugo Banzer.
“Ese 12 de noviembre de 2019, el entonces senador de Unidad Demócrata (UD) Yerko Núñez esperaba el documento del TCP, aunque días antes Luis Vásquez, exsenador y asesor de (Jorge) Quiroga, hacía lobby político y legislativo para promover la sucesión de Añez con la resolución constitucional de 2001. La propia Iglesia Católica, que promovió diálogos extralegislativos en la Universidad Católica, informó de que ese grupo de políticos apeló al texto de 2001”, informó La Razón.
Esa fecha se aplicó el Plan B, propuesto por la diputada Jhovana Jordán, que consistía en la sucesión de Jeanine Añez en base a la Declaración Constitucional 003/2001, del 31 de julio de 2001, utilizada para la sucesión de Banzer.
“Jordán es esposa de Luis Vásquez, asesor legal del expresidente Quiroga (2001-2002) y uno de los artífices de la iniciativa que, paralelamente a los intentos de sesión en la Asamblea Legislativa, justificaba la propuesta en la reunión extralegislativa de la Universidad Católica Boliviana (UCB)”, informó el impreso el 21 de junio de 2021.
Ese comunicado del TCP del 12 de noviembre de 2019 fue usado para justificar que el Tribunal “dio su respaldo legal a la sucesión constitucional (de Jeanine Añez) en el marco de la Sentencia Constitucional 0003/01 del 31 de julio de 2001, que se sustenta en la ‘vacancia’ del presidente”, informó la agencia ANF en esa fecha.
Sin embargo, en el documento enviado por el TCP a los fiscales el 20 de julio de 2021 se aclaró que “en cuanto a los efectos jurídicos, todo comunicado tiene carácter general y no particular, pues lo que transmite o difunde es información”.
Es decir, ese comunicado fue sólo informativo y no tenía efecto jurídico como una sentencia, declaración o auto constitucional.
Por otro lado, la carta aclara que “la fecha y hora de publicación del comunicado del 12 de noviembre de 2019 se encuentra descrita en el INFORME TCP-INF-JUI N° 011/ 2021 elaborado por el Jefe de la Unidad de Informática; asimismo, se adjunta el referido comunicado en copia legalizada”.